Chance Národní Liga · 25/26
Sección de socios

Normas de acceso al estadio

NORMAS DE ACCESO AL ESTADIO

§ 1 Disposiciones generales

1. El presente Reglamento de visita ha sido elaborado por la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. (en lo sucesivo, también «el organizador»), que establece las normas básicas y vinculantes de comportamiento para todos los visitantes del estadio de Ústí nad Labem, también denominado Estadio Municipal (en lo sucesivo, también «Arena» o «estadio»), que acceden a sus instalaciones y utilizan sus equipamientos. 

2. El objetivo del reglamento de visita es, sobre todo, garantizar la protección y la seguridad de la salud y los bienes, así como el orden en el estadio, y asegurar, en la medida de lo posible, las condiciones ideales para el desarrollo de todos los eventos que se celebren en la Arena. El objetivo del reglamento de acceso al estadio es, asimismo, garantizar un ambiente deportivo y social agradable en el estadio. Cada visitante, al adquirir una entrada y/o al acceder a cualquier evento organizado en el estadio, confirma que ha leído íntegra y debidamente el presente reglamento de visita, que lo ha comprendido en su totalidad, está de acuerdo con él, es decir, con su contenido y con todas las condiciones establecidas en él, se compromete a respetarlas y cumplirlas, las considera plenamente vinculantes para sí mismo y acepta expresamente, en particular, su obligación de abonar la posible multa contractual en el sentido de lo dispuesto en el artículo 6, apartado 3.

Artículo 2. El estadio

1. El recinto está destinado al público, principalmente para asistir a partidos de fútbol, y la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. decide sobre su uso y aprovechamiento.

2. El público solo podrá acceder al recinto del estadio con el consentimiento de la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s., exclusivamente en el horario establecido en el presente reglamento de visita o, en casos excepcionales, según otra decisión del propietario del estadio, y únicamente si se cumplen las condiciones establecidas en el presente reglamento de visita.

3. El presente reglamento de visita es vinculante también para todas aquellas personas que utilicen el recinto de la Arena para sus propios eventos en virtud de un contrato especial celebrado con un fin concreto, así como para los invitados de dichas personas.

4. Además del propietario del Arena, también están facultados para supervisar el cumplimiento y el respeto del presente reglamento de visitas el servicio organizador o de seguridad y, en su caso, en el marco de sus competencias legales, la Policía de la República Checa o la Policía Municipal.

§ 3 Permanencia en el estadio

1. Solo podrán permanecer en el estadio aquellas personas que dispongan de una entrada válida u otro documento que les autorice a entrar, o aquellas personas que puedan acreditar su derecho a permanecer en el estadio de otra forma. Toda persona que se encuentre dentro del estadio tiene la obligación, a petición del servicio organizador o de seguridad, así como de la Policía de la República Checa o de la Policía Municipal, de acreditar su derecho a permanecer en el recinto mediante una entrada válida o un documento que lo justifique. Cualquier persona que no pueda acreditar su derecho a permanecer en el Arena será expulsada del recinto. Al abandonar el Arena, la entrada pierde su validez; lo mismo se aplica a los titulares de abonos en lo que respecta al derecho de acceso al evento para un día de partido concreto. 

2. El recinto estará abierto al público siempre al menos una hora antes del inicio del evento y hasta una hora después de su finalización, salvo que el propietario del recinto disponga lo contrario por motivos organizativos.

3. Los visitantes están obligados a ocupar únicamente el asiento indicado en la entrada para el evento en cuestión. Los aficionados y seguidores del equipo visitante están obligados a permanecer únicamente en el sector designado por el propietario del estadio para los seguidores del equipo visitante y deben respetar las instrucciones organizativas del servicio de organización o de seguridad, así como, en su caso, las de los agentes de la Policía de la República Checa o de la Policía Municipal. 

4. El organizador está facultado, en casos justificados, a establecer de forma unilateral que solo se puedan adquirir entradas para determinadas zonas del estadio o que se permita el acceso únicamente si se cumplen las condiciones anunciadas previamente (según la afiliación a un club, admisión sin distintivos externos del club, etc.).

5. Por motivos de seguridad y para evitar cualquier peligro, los asistentes están obligados, a indicación del servicio organizador y de seguridad, así como de la Policía de la República Checa o de la Policía Municipal, a ocupar otros asientos distintos de los indicados en la entrada, incluso en otro sector si fuera necesario. Lo mismo se aplica a los espectadores que lleguen una vez comenzada la evento en cuestión.

6. Las personas que se encuentren claramente bajo los efectos del alcohol u otras sustancias adictivas, así como aquellas que pongan en peligro la seguridad de las personas o los bienes que se encuentren en el recinto, perderán el derecho a permanecer en el mismo y podrán ser expulsadas del recinto en cualquier momento por el servicio de organización o de seguridad, o, en su caso, por agentes de la Policía de la República Checa o de la Policía Municipal, en cualquier momento.

§ 4 Control de acceso

1. Al entrar en el recinto, todo visitante está obligado a mostrar, sin que se le solicite, y, durante su estancia en el recinto, a entregar, previa solicitud, su entrada u otro documento acreditativo al servicio organizador o de seguridad para su control. A petición del servicio de seguridad o de los organizadores, el visitante está obligado, tanto al entrar en el recinto como en cualquier momento durante su estancia en el mismo, a acreditar su identidad mediante el documento nacional de identidad u otro documento de identidad. Cualquier persona que no pueda acreditar su identidad podrá ser expulsada del recinto o, en su caso, no se le permitirá el acceso al mismo.

2. Los miembros del servicio de organización o de seguridad, así como la Policía de la República Checa y la Policía Municipal, están autorizados a llevar a cabo —al entrar en el recinto y, en casos justificados, en cualquier momento durante la estancia en el mismo— realizar controles y registros de personas con el fin de garantizar el cumplimiento de la prohibición de introducir objetos según el presente reglamento de visita o de minimizar el riesgo de seguridad para el evento en cuestión. La obligación de someterse al registro se extiende también al equipaje que se introduzca y permite el control de cada uno de los objetos introducidos. 

3. Está prohibido introducir en el recinto de la Arena objetos que puedan suponer un riesgo para la seguridad de las personas y los bienes que se encuentren en el recinto de la Arena. La organización o el servicio de seguridad, por mandato de la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s., está facultada para decidir sobre la prohibición de introducir dichos objetos en el recinto de la Arena, o, en casos concretos, una persona autorizada por la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s..

4. No se permitirá la entrada a la Arena a aquellas personas que no puedan acreditar su derecho a visitarla o a acceder a ella, ni a aquellas que supongan un riesgo para la seguridad en el sentido de este reglamento de visita. El organizador se reserva el derecho a denegar el acceso al estadio también a aquellas personas a las que se les haya prohibido en la República Checa, ya sea por parte de las autoridades públicas o de los organizadores de eventos similares, el acceso a un evento organizado debido a su comportamiento indebido en eventos similares. Asimismo, el organizador se reserva el derecho a denegar el acceso al estadio a aquellas personas a las que otros clubes hayan prohibido el acceso a sus estadios. Las personas a las que se les haya denegado el acceso al estadio no tendrán derecho al reembolso del precio de la entrada.

§ 5 Comportamiento en el Arena

1. Todo visitante de la Arena está obligado a comportarse en el recinto de la Arena de tal manera que su conducta no ponga en peligro la seguridad de otras personas ni de sus bienes, ni tampoco las instalaciones de la Arena, y que, además, su comportamiento no limite ni moleste a otras personas más allá de lo que corresponda a las circunstancias derivadas del desarrollo del evento que se esté celebrando en ese momento en la Arena.

2. Los visitantes están obligados a cumplir las normas y las instrucciones de los organizadores o del servicio de seguridad, así como de la Policía de la República Checa, la Policía Municipal, los bomberos, los servicios de emergencia y los locutores.

3. Los visitantes de la Arena están obligados, durante su estancia en el recinto de la Arena, a respetar las normas de comportamiento civilizado y buenas costumbres de obligado cumplimiento general, es decir, sobre todo la cortesía y la consideración, y deben abstenerse de cualquier manifestación de intolerancia interpersonal, de carácter racial, religioso o político. En caso de incumplimiento o falta de respeto de esta disposición, el visitante que cometa de forma manifiesta la conducta descrita podrá ser expulsado inmediatamente del recinto de la Arena sin previo aviso. 

4. Todas las entradas y salidas, así como las vías de evacuación de la Arena, deben permanecer libres de obstáculos en todo momento, y cada visitante de la Arena está obligado a adaptar su comportamiento a esta circunstancia.

5. Toda persona que acceda al recinto de la Arena acepta, sin necesidad de aviso previo, la captación y el uso gratuitos de su imagen o retrato como parte de cualquier grabación audiovisual, retransmisión o reproducción de un evento deportivo con fines comerciales o promocionales, en el marco de la retransmisión total o parcial de dicho evento en relación con la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. y sus socios contractuales.

§ 6 Prohibiciones

1. Se prohíbe a los visitantes del estadio introducir en el recinto de la Arena, en particular, los siguientes objetos u otros de naturaleza o finalidad similares:

a) material propagandístico de carácter racista, difamatorio, vulgar o contrario a las buenas costumbres, así como cualquier tipo de pegatina.

b/ armas de cualquier tipo, así como todos los objetos que puedan utilizarse como armas cortantes, contundentes o punzantes,

c) aerosoles, sustancias corrosivas, inflamables y colorantes, u otros recipientes que contengan sustancias nocivas para la salud;

d) botellas, copas, jarras, latas o cualquier otro objeto fabricado con material frágil, que se rompa en pedazos o que sea excepcionalmente duro,

e) objetos voluminosos, como por ejemplo, escaleras, taburetes, sillas, cajas o maletas,

f/ fuegos artificiales, cohetes, bengalas, fumigénos y demás artículos pirotécnicos, incluidos los dispositivos de lanzamiento correspondientes,

g/ astas para banderas o pancartas,

h/ herramientas de accionamiento mecánico que generen ruido,

i/ bebidas alcohólicas y drogas de cualquier tipo,

j/ animales,

k/ punteros láser,

l/ maletas, bolsos grandes, mochilas o

m/ cámaras fotográficas, videocámaras y demás aparatos destinados a la grabación profesional de sonido o imagen, salvo que se cuente con la autorización expresa del propietario del recinto.

2. Asimismo, queda prohibido a los visitantes:

a/ pronunciar, difundir o manifestar públicamente consignas o imágenes racistas, difamatorias, vulgares o contrarias a las buenas costumbres,

b/ trepar o pasar por encima de estructuras e instalaciones no destinadas al uso general, en particular fachadas, vallas, muros, cerramientos del terreno de juego, barreras, instalaciones de iluminación, soportes para cámaras, árboles, postes de cualquier tipo y tejados,

c) acceder a zonas no autorizadas para los espectadores (por ejemplo, el terreno de juego, las instalaciones interiores o las salas de los directivos),

d/ lanzar objetos o líquidos de cualquier tipo al terreno de juego o a las zonas destinadas a los espectadores,

e/ encender fuego, encender o disparar fuegos artificiales o bengalas,

f) destruir las instalaciones y el equipamiento del Arena,

g) vender sin autorización entradas y cualquier artículo que promocione la marca del club FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. o del estadio,

h/ escribir, pegar pegatinas o pintar sobre las estructuras, el equipamiento o los caminos,

i/ hacer sus necesidades fuera de los aseos o ensuciar el recinto de cualquier otra forma, en particular tirando objetos,

j/ circular por las vías y superficies sin autorización especial,

k/ realizar, de cualquier forma y mediante tecnologías modernas, grabaciones de audio o vídeo tanto del recinto de la Arena como del desarrollo del evento,

l/ cubrir con pancartas, banderas o de cualquier otra forma los paneles publicitarios situados en el estadio,

m/ incumplir la prohibición de acceso al estadio,

n/ está estrictamente prohibido fumar en todos los sectores. En caso de incumplimiento de esta prohibición, el espectador podrá ser amonestado por el servicio de seguridad y, posteriormente, expulsado de estas instalaciones,

o/ cubrirse el rostro con una bufanda, un pasamontañas o cualquier otro medio con el fin de dificultar o impedir su identificación al entrar en el estadio y en todo el recinto del mismo.

3. Toda persona que incumpla cualquiera de las prohibiciones o restricciones anteriormente mencionadas, incluido cualquier intento derivado del artículo 6, apartados 1. a) y/o 2. de este reglamento de visitantes, estará obligada a por cada una de estas infracciones, a pagar a la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. una multa contractual de un importe mínimo de 1.000 Kč y máximo de 50.000 Kč; la multa contractual será exigible a petición de la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s., en un plazo de 5 días a partir de la recepción de la notificación de pago; la multa contractual será proporcional a las circunstancias y a la importancia de las obligaciones garantizadas. La sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. está facultada, además de la multa contractual antes mencionada, a exigir a toda persona que incumpla las prohibiciones y restricciones antes indicadas, la indemnización por los daños y perjuicios causados como consecuencia de la conducta prohibida, en toda su extensión (no se aplicará lo dispuesto en el artículo 2050 de la Ley n.º 89/2012, Código Civil) y la entrega del objeto que haya causado el perjuicio o haya provocado la situación defectuosa. Además, la sociedad FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. también está facultada para prohibir a toda persona que incumpla las disposiciones del presente reglamento de visitas, o las prohibiciones o restricciones anteriormente establecidas, prohibirle el acceso a la Arena por un período determinado o, según la gravedad de la infracción, de forma permanente, con el fin de garantizar la seguridad y el orden en los eventos deportivos organizados en el estadio.

§ 7 Venta y publicidad

La actividad comercial, el reparto o la venta de periódicos, revistas, folletos y prospectos publicitarios, así como el almacenamiento de objetos en el interior del estadio, solo están permitidos con el consentimiento expreso y por escrito de FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s.

§ 8 Derechos del organizador/Supervisión

El derecho a ejercer las funciones de organizador recae en el representante autorizado de FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. y, durante los eventos, también en el servicio de organización y seguridad, así como en la Policía de la República Checa y la Policía Municipal.

Competencias del servicio de organización: Con el fin de garantizar la seguridad de las personas y los bienes, así como de mantener el orden público en el estadio, el servicio de organización y seguridad está autorizado, en particular, a:

  • comprobar las entradas y otros documentos que den derecho a acceder al recinto,
  • solicitar a los asistentes que acrediten su identidad,
  • realizar controles de las personas y su equipaje,
  • dar instrucciones vinculantes para garantizar la seguridad y organizar el movimiento de las personas,
  • denegar la entrada al estadio o expulsar del mismo a las personas que incumplan el reglamento de asistencia,
  • asegurarse de que se retiren o se incauten los objetos prohibidos,
  • establecer las medidas de seguridad necesarias para la protección de las personas y los bienes.

§ 9 Responsabilidad por daños

1. El acceso al recinto de la Arena y el uso de sus instalaciones corren por cuenta y riesgo de cada visitante. FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. solo se hace responsable de los daños a la salud y los daños materiales causados por una conducta dolosa o gravemente negligente de sus empleados o de personas que se encuentren en una relación de dependencia similar.

2. Los visitantes están obligados a comunicar sin demora cualquier lesión o daño a la empresa FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s.

§ 10 Conducta contraria a las normas

1. Las personas que incumplan las disposiciones del Reglamento de visita podrán ser expulsadas del recinto sin derecho a indemnización y se les podrá prohibir el acceso al mismo. Lo mismo se aplica a las personas que se encuentren manifiestamente bajo los efectos del alcohol u otras sustancias adictivas. Si surge la sospecha de un delito o de otra infracción, se podrá presentar una denuncia penal. A las personas que se encuentren en el Arena en virtud de un abono y que incumplan las disposiciones del Reglamento de visitantes se les podrá anular dicho abono, pudiendo además imponérseles la prohibición de acceso al Arena. Las personas a las que se les haya impuesto una prohibición de acceso al Arena por infringir el Reglamento de visita y que incumplan dicha prohibición serán sancionadas con una multa contractual de entre 1 000 y 50 000 coronas checas.  

2. Las conductas contrarias a lo dispuesto en el artículo 6, artículo 1 y/o 2 del Reglamento de Visitantes se sancionarán, en virtud del artículo 6, apartado 3, con una multa contractual de entre 1.000 y 50.000 coronas checas. 

3. Las medidas contempladas en el apartado 1 de este artículo excluyen cualquier reclamación (por ejemplo, la devolución del precio de la entrada) contra FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s. o contra el organizador del evento en cuestión.

4. Los derechos del organizador no se ven afectados.

§ 11 Protección de datos personales

1. Los visitantes toman nota de que todo el recinto de la Arena está vigilado por cámaras de seguridad y de que, en cualquier momento durante su estancia en la Arena, se les pueden tomar fotografías o realizar grabaciones de imagen y sonido.

2. Los visitantes aceptan que el FK VIAGEM Ústí nad Labem a.s., así como la Asociación de Fútbol de la República Checa («FAČR») y la Asociación de Fútbol de Liga («LFA»), pueden, en calidad de responsables del tratamiento, tratar los datos personales de cada visitante, incluso sin el consentimiento del interesado, siempre que sea necesario para la protección de los derechos e intereses legítimos del responsable, del destinatario u otra persona afectada. La finalidad del tratamiento de los datos personales es garantizar la seguridad de las personas y los bienes en los estadios, así como impedir el acceso a los mismos a aquellas personas que incumplan las normas de acceso o cometan actos ilícitos en ellos. A tal fin, los responsables del tratamiento podrán transmitir estos datos personales a otras personas, en particular a otros clubes de fútbol de la República Checa.

3. Se podrán tratar datos personales tales como el nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento, la dirección de residencia, el número del documento de identidad, fotografías, grabaciones de imagen y sonido, la descripción de la conducta que se considere contraria al reglamento de acceso o ilegal, así como datos sobre las medidas adoptadas y las sanciones impuestas.

4. Todo visitante que constate o considere que el responsable o el encargado del tratamiento está llevando a cabo un tratamiento de sus datos personales que atente contra la protección de la vida privada y personal del interesado o que sea contrario a la ley, podrá solicitar al responsable o al encargado del tratamiento una explicación o exigir que el responsable o el encargado del tratamiento subsane la situación así generada. En particular, esto puede consistir en el bloqueo, la rectificación, la integración o la supresión de los datos personales.

5. Los datos personales podrán ser cedidos a otros responsables del tratamiento para los fines anteriormente mencionados, en particular a la Federación Checa de Fútbol, a la Asociación de Ligas de Fútbol y a otros clubes de fútbol, en la medida y de la forma permitidas por la legislación de la República Checa.

§ 12 Entrada en vigor

El presente Reglamento de visita del estadio entrará en vigor el 1 de febrero de 2026.